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Unidad de Grandes Empresas
La Unidad de Grandes Empresas es responsable de la gestión de las autorizaciones de residencia, residencia temporal y trabajo por cuenta ajena y residencia temporal y trabajo en el marco de una prestación transnacional de servicios, que se solicitan a favor de directivos y técnicos de alta cualificación, técnicos y científicos, profesores de universidades públicas españoles y artistas de reconocido prestigio internacional, en cuya contratación concurran razones de interés económico, social, laboral o cultural.
La creación de la Unidad de Grandes Empresas es consecuencia de la Resolución de 28 de febrero de 2007, de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de ministros, de 16 de febrero de 2007, por el que se aprueban las Instrucciones por las que se determina el procedimiento para autorizar la entrada, residencia y trabajo en España, de extranjeros en cuya actividad profesional concurran razones de interés económico, social o laboral, o relativas a la realización de trabajos de investigación y desarrollo, o docentes, que requieran alta cualificación, o de actuaciones artísticas de especial interés cultural.
A continuación, se expone el ámbito subjetivo de aplicación de la Resolución de 28/02/07 y, para cada supuesto, se ha confeccionado una hoja informativa donde quedan detallados los requisitos que deben cumplirse y la documentación que deberá aportarse en caso de solicitar una autorización.
Pueden presentar solicitudes en la Unidad de Grandes Empresas las personas físicas o jurídicas que, en calidad de empleadores establecidos en España, requieran la incorporación en territorio español de trabajadores extranjeros no comunitarios, empleados para el desarrollo de una relación laboral que se encuentre en uno de los siguientes supuestos:
- Autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena para personal directivo o altamente cualificado.
- Autorización de residencia y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios para personal directivo o altamente cualificado.
- Prórroga de residencia y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios para personal directivo o altamente cualificado.
- Autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena para artistas de reconocido prestigio internacional y personal necesario para llevar a cabo su actuación.
- Autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena para técnicos y científicos contratados por una administración pública.
- Autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena para profesores contratados por una universidad pública española.
- Autorización inicial por cuenta ajena para técnicos y científicos altamente cualificados contratados por universidades privadas o centros de I+D.
- Autorización inicial de residencia y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicio para técnicos y científicos.
- Prórroga de residencia y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios para técnicos y científicos.
- Autorización previa de la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración para el supuesto asimilado en el que concurran razones excepcionales de interés económico, social o laboral.
- Autorización inicial de residencia para familiares desplazados con el trabajador extranjero.
Por último, hay que indicar que la Unidad de Grandes Empresas ha absorbido también las competencias atribuidas a la Dirección General de Inmigración por la disposición adicional primera del Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por el Real decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, es decir, la concesión de las autorizaciones de trabajo cuando las solicitudes sean presentadas por empresas que pretendan contratar trabajadores estables y que, teniendo diversos centros de trabajo en distintas provincias, cuenten con una plantilla superior a 500 trabajadores.
Los posibles supuestos para presentar solicitud de autorización en aplicación de la disposición adicional citada son:
- Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.
- Autorización inicial de residencia y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.
- Prórroga de residencia y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.
- Modificación de autorización de residencia a autorización de residencia y trabajo.
- Modificación residencia por reagrupación familiar a residencia y trabajo independiente.
Sólo para empresas y empleadores:
El horario de atención al público, sin cita previa, es de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
Teléfonos de contacto: 91 363 32 75 y 91 363 32 67
Correo electrónico: unidadgrandesempresas@mtin.es




